Esta mañana se confirmó una disposición del Gobierno nacional, donde se establecen dos aumentos de tarifas para grandes, medianos y pequeños operadores.
El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) autorizó hoy a las empresas prestadoras de servicios de comunicaciones móviles a aplicar un aumento de hasta 9,5% en mayo y en julio próximos en los servicios de telefonía, internet y televisión.
Esta actualización se suma a la que se realizó en enero pasado, que fue del 9,8% y alcanzó solamente a las empresas de internet, telefonía fija y televisión por cable y satelital, que tengan menos de 100 mil clientes.
De esta manera, a partir de la factura correspondiente a mayo, las prestadoras de telefonía celular podrán aplicar el primero de los aumentos, para “cualquiera de sus planes en las modalidades pospagas y mixtas”.
La normativa indicó que cualquier incremento sobre los precios minoristas que hubiese sido aplicado por las Licenciatarias de Servicios de TIC o DTH (TV Satelital) y que supere los valores expresamente autorizados deberá ser reintegrado a sus usuarios en la próxima factura a emitir, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientes por mora en el pago de facturas.
Así quedó establecido que a partir 1° de mayo, las empresas prestadoras de Servicios de Comunicaciones Móviles (SCM) contarán con los siguientes valores máximos en sus planes prepago:
- a) Recarga de 50 MB de datos móviles por día:PESOS VEINTISIETE CON 40/100 ($27,40) con impuestos incluidos;
- b) Segundo de voz:CUARENTA Y DOS CENTAVOS DE PESO ($0,42), con impuestos incluidos;
- c) SMS:PESOS CINCO CON 50/100 ($5,50) con impuestos incluidos.
Luego, desde el 1° de junio, se avanzará con el segundo tramo de aumento del 9,5%:
- a) Recarga de 50 MB de datos móviles por día:PESOS TREINTA ($30) con impuestos incluidos;
- b) Segundo de voz:CUARENTA Y SEIS CENTAVOS DE PESO ($0,46), con impuestos incluidos;
- c) SMS:PESOS SEIS ($6) con impuestos incluidos
El ENACOM advirtió que cualquier cambio que las empresas “eventualmente realicen sobre sus planes, precios y condiciones comerciales con arreglo a las autorizaciones de incrementos aprobadas en la presente Resolución, deberán ser comunicadas” a las autoridades nacionales.
