En la tarde del martes el fallo del Tribunal Oral Federal (TOF) 2 condenó a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner a seis años de prisión y a inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública con la obra pública en Santa Cruz.
De cualquier manera, ocurre que esta sentencia no está firme y, por ende, no será de cumplimiento inmediato en ninguno de sus aspectos hasta que se agoten todas las instancias de apelación previstas por la ley.
Los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso darán a conocer los fundamentos de su decisión el próximo nueve de marzo a las 9 horas, momento en el que la defensa de la vicepresidenta podrá apelar la decisión.
La ley establece que en los juicios que duran más de seis meses los fundamentos pueden darse 40 días hábiles después. En enero hay feria judicial por lo que ese mes no se cuenta. Así, a partir del nueve de marzo las partes tendrán la posibilidad de apelar el fallo. Para eso tienen tienen 10 días hábiles.
Si las partes no están conformes con la resolución de este tribunal y consideran que se violó algún derecho constitucional durante el proceso, pueden ir vía recurso extraordinario o recurso de queja a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que tampoco tiene plazos para resolver esos recursos.
La sentencia quedará firme cuando se pronuncie la Corte Suprema y, si en ese momento alguno de los condenados tiene fueros por ejercer un cargo electivo, será necesario un juicio político para que pueda ordenarse su detención.
La Constitución Nacional establece que se requiere «mayoría especial» de votos en el Congreso de la Nación para el desafuero.
La inmunidad de arresto, por otra parte, está prevista en la Ley 25320, pero una vez concluido el mandato el 10 de diciembre de 2023, Cristina podría ser encarcelada en medida de que la corte no falle a favor suyo.