Un hombre de 48 años fue condenado a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, por ser autor del delito de abuso sexual simple agravado por el vínculo.
Por el término de la condena deberá fijar residencia y someterse al Programa de Inserción y Supervisión de Presos y liberados de la Provincia de Córdoba. Tendrá prohibido todo contacto con la niña. No podrá abusar de la ingesta de bebidas alcohólicas ni consumir estupefacientes. Además, deberá realizar un tratamiento psicológico con perspectiva de género y de niñez, atento las características del delito por el que fue condenado.
En caso de incumplimiento podría dejarse sin efecto la modalidad condicional de la pena, que sería de cumplimiento efectivo. Además, se dispuso su inscripción en el Banco de Datos Genéticos.
El sujeto fue denunciado por la madre de la víctima, una niña de 3 años, que expuso que cuando su hija iba a visitar al acusado podría sufrir abuso sexual. Contó que mantuvo una relación con el padre de la niña, pero que ya no eran pareja desde antes de que ella naciera. Realizaron trámite por el régimen de visitas, y después de un tiempo estas visitas dejaron de ser supervisadas.
Solicitó al juzgado que los encuentros sean vigilados por una asistente social y luego pidió la suspensión porque la nena no quería quedarse con el padre. Después empezó a quedarse con él y cambió completamente su comportamiento. Explicó que en una oportunidad la nena le pasó la lengua por la pierna y le dijo que el papá le hacía eso a ella. Mientras duró el régimen de visita la niña tuvo comportamientos extraños y cuando le preguntó le dijo que el padre le tocaba la cola y también dijo que la lastimó.