Dieron 6 meses de prisión a un hombre por tenencia y distribución de pornografía infantil

En un procedimiento abreviado llevado a cabo en la Sala III del Tribunal de Juicio, un hombre identificado como J. R. F., de 38 años, resultó condenado a la pena de seis meses de prisión en suspenso.

Este fue señalado como autor penalmente responsable del delito de tenencia de material de explotación sexual contra niños, niñas y adolescentes con fines de distribución.

La causa surge a partir de la denuncia radicada por la madre de una menor en contra de C. A. B. P. se ordenó el allanamiento y secuestro de su teléfono celular.

Personal de la División de Delitos contra la Integridad Sexual informó que a partir del análisis de los datos del teléfono celular se pudo determinar la existencia de una carpeta y grupo de whatsapp con participantes de diferentes países.

Estos intercambiaban chats, archivos de imágenes y videos sexuales, entre otros materiales. El administrador del grupo –con número de línea correspondiente a México- solicitaba en los chats el envío de CP (sigla que usan los pedófilos para buscar pornografía infantil).

Al analizar los participantes del grupo de whatsapp se observaron líneas pertenecientes a nuestro país. Se solicitó a dos empresas de telefonía informes para determinar quiénes eran los titulares de esas líneas. Una de ellas le pertenecía al condenado J. R. F.

En la tarjeta de memoria de su celular había imágenes y videos de contenido sexual de los cuales participan menores de edad. Se determinó así que en los elementos secuestrados en el domicilio del imputado existían imágenes con contenido pornográfico infantil, como así también que participada de un grupo de whatsapp donde se compartían imágenes y videos con contenido pornográfico.

El juez Pablo Farah le impuso al condenado las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: fijar residencia, someterse al cuidado del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados de Salta y comunicar cualquier cambio de domicilio; prohibición de consumir sustancias estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; someterse a tratamiento psicológico y presentar trimestralmente las constancias que acrediten su cumplimiento.

El juez ordenó además la realización de examen genético al condenado para su  inscripción en los bancos de datos correspondientes.

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