El presidente Alberto Fernández habilitó este martes, mediante el decreto 185/2023, la venta de medicamentos recetados por médicos veterinarios para animales de compañía en todas las farmacias.
El texto sustituye el inciso c) del artículo 25 de la reglamentación de Ley 17.565, por el siguiente: “Vigilar que en la farmacia bajo su dirección sólo se acepten las recetas extendidas por las personas autorizadas por la Ley Nº 17.132 a efectuarlas, así como por todo médico veterinario matriculado y toda médica veterinaria matriculada ante la autoridad jurisdiccional competente según lo establezca la normativa vigente”.

La medida es respaldada por las facultades de Ciencias Veterinarias nacionales, las sociedades de Medicina Veterinaria y Argentina de Oncología Veterinaria, y de la Academia Nacional de Agronomía y Veterinaria.
El objetivo del decreto es poner en consideración la actividad de los veterinarios y favorecer un enfoque integral para prevenir y manejar las enfermedades que constituyen amenazas para la salud ligadas a la interrelación entre los seres humanos, los animales y el ambiente.




