5 de Mayo: Día internacional de la Celiaquía

El 5 del quinto mes del año se celebra en forma internacional la fecha que busca conmemorar la enfermedad de la celiaquía y concientizar a la comunidad en general sobre la misma, y los cuidados que una persona con esta enfermedad necesita.

La enfermedad es una intolerancia permanente al gluten, el cual es la fracción proteica de 4 cereales: trigo, centeno, cebada y avena.

Por esto, el Ministerio de Salud Pública, a través del programa de Bromatología, destaca la importancia de asegurar la inocuidad en los alimentos de la persona celíaca, con el fin de no afectar su salud.

Al respecto, recuerda que en la Argentina está vigente la Ley 26.588, sancionada en el año 2009, por la que se declaró de interés nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca, su difusión y el acceso a los alimentos y medicamentos libres de gluten.

“Si una persona tiene enfermedad celíaca, deberá eliminar de su dieta los alimentos y bebidas que contengan gluten de por vida”, expresó la jefa del programa de Bromatología, Marta Chuchuy, agregando que “eso va a aliviar los síntomas y curar el daño al intestino delgado”.

La funcionaria también recordó que la legislación nacional establece la obligatoriedad para las obras sociales y entidades de medicina prepaga de brindar cobertura a sus afiliados del 70% de la diferencia de las harinas y premezclas libres de gluten respecto de las que lo tienen, por tratarse de una enfermedad crónica.

Además, es obligatorio ofrecer al menos una opción de alimentos o un menú libre de gluten en:

  • Lugares destinados a personas en situación de privación de la libertad.
  • Establecimientos sanitarios con internación pertenecientes al sector público, privado y de la seguridad social.
  • Lugares de residencia y/o convivencia temporal o permanente que ofrezcan alimentos.
  • Comedores y kioscos de instituciones de enseñanza.
  • Empresas de transporte aéreo, terrestre y acuático que ofrezcan servicio de alimentos a bordo.
  • Restaurantes y bares.
  • Kioscos y concesionarios de alimentos de las terminales y los paradores de transporte.
  • Locales de comida rápida.

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