Esta tarde se dio a conocer una actualización en el monto que pedía afip para conocer información sobre los movimientos que realizan los usuarios a través de las billeteras virtuales.
La AFIP señaló que la modificación “optimiza la calidad de los datos con los que cuenta el organismo para fiscalizar las operaciones canalizadas a través de cuentas virtuales”. La normativa incorpora nuevos requerimientos de información para las empresas del sector y mejora los controles no implica ningún cambio para los usuarios.
Con ese objetivo, la Resolución General 5193/2022 que se publica este viernes en el Boletín Oficial establece en $30.000 el umbral mensual a partir del cual los proveedores de servicios de pagos informan ingresos y egresos en las cuentas.
Como parte de las modificaciones, la normativa establece que las billeteras virtuales deben informar los saldos finales mensuales cuando sean iguales o superiores en ese período a $90.000. Para ambos casos, el monto anterior era de $10.000.
“La resolución de la AFIP incorpora nuevos requerimientos que optimizan la capacidad de control y calidad de la información”, señaló en un comunicado.
En ese sentido, se estableció un umbral de $200.000 a partir del cual las firmas del sector deben informar las transferencias bancarias o virtuales. “Los cambios introducidos perfeccionan el régimen de información sobre esos activos”, detalló la comunicación oficial.
Esta medida se suma a los embargos pedidos a la Justicia por la AFIP sobre los saldos de las billeteras virtuales de morosos impositivos.
Este año, la autoridad tributaria incorporó a las billeteras virtuales al listado de activos sobre los cuales trabar embargos para cobrar las deudas acumuladas por contribuyentes morosos.
Desde la entidad, destacaron que la medida “actualiza montos a partir de los cuáles las administradoras de billeteras virtuales informan los movimientos de sus clientes” pero que “no implica ningún cambio para los usuarios”.
