Un sujeto de 55 años fue condenado en juicio abreviado a seis meses de prisión condicional por resultar autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo y desobediencia judicial, en concurso real.
El acusado fue condenado por agredir físicamente a su hijo. El menor de 8 años fue visto por una vecina cuando se encontraba en el techo de su casa. Advirtiendo el riesgo que corría el niño, la mujer llamó al Sistema de Emergencias 911. Cuando llegó el personal policial, el menor bajó y contó que había subido ahí para resguardarse de su padre, que lo sometía a violencia física, psicológica y verbal. Dijo que él y su hermano de 11 años sufrían este tipo de maltrato desde hacía tiempo.
El sujeto ya había sido notificado por un Juzgado de Violencia Familiar y de Género acerca de la prohibición de ejercer actos de violencia en contra de su hijo menor.
Durante el juicio abreviado, el acusado reconoció los hechos denunciados y aceptó la pena acordada.
La asesora de Incapaces puso en conocimiento al tribunal y a las partes acerca de la existencia de una sentencia firme y consentida que declaró a los niños en estado de adoptabilidad.
La jueza Mónica Faber, vocal de la Sala V del Tribunal de Juicio, le impuso una serie de obligaciones que deberá cumplir durante dos años para mantener la pena de prisión en suspenso. Entre ellas, no cometer nuevo delito; prohibición de ejercer actos de violencia física o psíquica en perjuicio de los menores damnificados; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; continuar con el tratamiento psicológico que viene realizando hasta el alta correspondiente; realizar tratamiento para el control de sus adicciones previo diagnóstico de un profesional acerca de su necesidad y eficacia.
La jueza ordenó la extracción de material genético del condenado para su posterior inscripción en el banco de datos correspondiente.