El máximo tribunal del país declaró su competencia originaria y mantuvo vigente una medida en favor del establecimiento Las Marías. La empresa sostiene que el sistema le exige adelantar el equivalente a 307 años del impuesto.

La Corte Suprema de Justicia asumió la causa de la empresa yerbatera Las Marías contra la provincia de Misiones. Los jueces resolvieron mantener vigente la medida cautelar que suspende los cobros anticipados del impuesto sobre los Ingresos Brutos. Además, el tribunal dio a Misiones un plazo de 60 días para responder la demanda.
El monto del reclamo tributario
Las Marías cuestionó los esquemas de retención de la Agencia Tributaria de Misiones. La firma paga un anticipo mensual de 597,6 millones de pesos. Esta cifra suma más de 7.171 millones de pesos al año.
Sin embargo, la compañía calcula su impuesto anual definitivo en solo 23,3 millones de pesos. Por ende, los anticipos representan el 30.718% del tributo real. Según la empresa, este esquema equivale a adelantar impuestos por 307 años.
Argumentos constitucionales del caso
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti firmaron la resolución. La Corte asumió competencia directa porque el reclamo trata sobre principios constitucionales federales.
El tribunal analizará si Misiones se extralimitó en su potestad fiscal al cobrar sobre exportaciones generadas en otras provincias. También evaluará si el régimen afecta la libre circulación de mercaderías y genera aduanas interiores.
Antecedentes y vigencia de la cautelar
El Juzgado Federal de Paso de los Libres otorgó la primera cautelar en junio de 2025. Luego, el Superior Tribunal de Misiones suspendió la orden a la espera de un pronunciamiento del máximo tribunal.
La Corte Suprema restableció la vigencia del fallo federal. Por esta razón, Misiones no podrá exigir retenciones a la empresa ni bloquear el paso de sus productos. Finalmente, la Corte rechazó sumar a la provincia de Corrientes como tercero en el expediente.