Luego de aprobar la ley el pasado jueves, desde ayer empezaron a regir los nuevos topes de facturación para monotributistas y autónomos.
De acuerdo a lo establecido por la ley de Alivio Fiscal sancionada por el Senado, plantea traer beneficios a alrededor de 4,5 millones de monotributistas y 140.000 autónomos.
La normativa, por un lado, actualiza la facturación para evitar que los beneficiados tengan que cambiar de categoría y pagar mayores cuotas y, por otro, aumenta las deducciones del impuesto a las Ganancias que pagan los empleados que revisten en la categoría de autónomos.
Así se elevó en un 60% el monto tope de las primeras cuatro categorías del monotributo, y en un 29% la del resto mientras que en las dos primeras -A y B- se eliminó el pago del componente impositivo, por lo que la cuota mensual pasó a ser de $ 288 y $ 555 por mes, respectivamente.
Cabe destacar que este beneficio es para los monotributistas «puros», es decir para quienes no tienen otros ingresos ya sea por jubilaciones, relación de dependencia, rentas financieras o alquiler de inmuebles.
En cuanto a los autónomos, se determinó de 2 a 2,5 veces la deducción especial y en triplicar la de nuevos profesionales.
Nuevos montos
De acuerdo a lo definido en la ley, la facturación que podrá alcanzar cada categoría del monotributo será:
- $ 748.382 para la A;
- $ 1.112.459 la B;
- $ 1.557.443 la C;
- $ 1.934.273 la D;
- $ 2.277.684,56 la E;
- $ 2.847.105,70 la F;
- $ 3.416.526,83 la G;
- $ 4.229.985,60 la H;
- $ 4.734.330,03 la I;
- $ 5.425.770,00 la J;
- $ 6.019.594,89 la K.
Dichos montos están vigentes desde este mes de julio, que acaba de comenzar. Hasta el día 20, los monotributistas deberán cumplir con el segundo trámite de recategorización que hay cada año año (el primero es en enero) y para saber en qué escalón de la tabla ubicarse, deberán observar su facturación de los últimos doce meses y compararla con los valores de la nueva tabla.